Programa de crianza digital por edades para la educación e inmersión de los menores en las RRSS

Ya conoces todo lo relativo a la legislación relacionada con la presencia de los menores en las RRSS.

También eres consciente del enorme peligro que esconde su terrible componente adiestrador.

Si además has leído los peligros que esconden redes como TikTok para nuestros hijos y lo complicado que se vuelve protegerlos de estas amenazas, quizás te estés preguntando, a estas alturas, qué motivos podrían justificar que los menores de edad se acercasen a este mundo tan inseguro.

Pero, seamos claros: Impedir el acceso no es una práctica educativa, si no censora. Vetar el uso es un método que genera adultos incompetentes en su autociberseguridad (al no haberla ejercitado nunca) y no garantiza que el menor no caiga en las garras de usuarios malintencionados o en graves errores (en los momentos puntuales en los que tenga acceso a la WEB, como con ordenadores del colegio, smartphones de amigos, despistes en la vigilancia paterna, etc.).

Es por ello que debemos jugar todo el tiempo entre la prohibición protectora y el acceso a la experiencia autogestionada, disminuyendo la primera y aumentando la segunda a medida que el menor va creciendo, madurando y adquiriendo sus propios mecanismos de seguridad.

La clave es filtrar, educar y acompañar, volviendo la inmersión en las RRSS algo paulatino, controlado y afrontado en clave positiva.



Con menos de 13 años:

Los tutores legales son responsables de los actos de estos niños y niñas. ¿Tiene sentido que puedan actuar sin su supervisión?

Hasta este momento, no es recomendable que puedan acceder al contenido de la red sin filtros, y el mejor de los controles parentales es el que ejercen directamente los padres, estando a su lado.

Es por ello que estas son las propuestas:

  • El menor no tiene un smartphone bajo su propia potestad
  • El menor usa el smartphone de sus padres
  • El menor hace uso del smartphone ante la presencia activa de sus padres, que comparten con él el rato de ocio
  • El menor no tiene cuentas personales en las RRSS
  • El menor se asoma a las cuentas personales de sus padres en las RRSS (recuerda que el objetivo es irlos educando, y siempre acompañados)

Con 13 años:

Los tutores legales siguen siendo responsables de los actos de estos menores.

Aumenta la confianza en su presencia digital (tras todo el proceso anterior de acompañamiento), sustituyendo el control presencial por otros medios de vigilancia y gestión directa.

Además, se propone el uso de una cuenta destinada con la que los adolescentes puedan ejercer su presencia en las RRSS bajo su propia personalidad, pero propiedad de la familia, y no de un único individuo.

Es por ello que estas son las propuestas:

  • El menor no tiene un smartphone bajo su propia potestad
  • El menor usa el smartphone de sus padres
  • El menor hace uso del smartphone bajo la supervisión de programas de control parental
  • El menor solo puede utilizar el smartphone durante un horario establecido
  • El menor no tiene cuentas personales en las RRSS
  • El menor utiliza en RRSS una cuenta familiar a la que tienen acceso sus padres
  • El menor y sus progenitores hablarán frecuentemente de lo que se encuentren por las redes

Con 14 años

A partir de aquí, los menores comienzan a ser responsables penales de sus actos, además de gestores autónomos de su privacidad ante la ley.

Las cuentas en las RRSS ya pueden ser individuales, pero la vigilancia y el control presencial directo vuelve a ser necesario.

Es por ello que estas son las propuestas:

  • El menor ya puede disponer de un smartphone bajo su propia potestad
  • El menor hace uso del smartphone ante la presencia activa de sus padres, que comparten con él el rato de ocio
  • El menor solo puede utilizar el smartphone durante un horario establecido
  • El menor ya dispone de cuentas personales en las RRSS
  • Las cuentas personales del menor están sometidas a configuraciones de seguridad, a programas control parental y al acceso de los padres
  • El menor y sus progenitores hablarán frecuentemente de lo que se encuentren por las redes


Con 15 años

El control puede relajarse desde el punto de vista invasivo y volverse menos presencial.

Es por ello que estas son las propuestas:

  • El menor dispone de un smartphone bajo su propia potestad
  • El menor hace uso del smartphone bajo la supervisión de programas de control parental
  • El menor solo puede utilizar el smartphone durante un horario establecido
  • El menor dispone de cuentas personales en las RRSS
  • Las cuentas personales del menor están sometidas a configuraciones de seguridad y a programas control parental
  • El menor y sus progenitores hablarán frecuentemente de lo que se encuentren por las redes

Con 16 años

Las responsabilidades penales del menor se vuelven mayores.

A partir de este momento, los adolescentes deben haber aprendido a autogestionar el tiempo que invierten en el uso lúdico del smartphone.

También puede relajarse la fiscalización del uso de las RRSS, limitándolo a revisiones periódicas.

Es por ello que estas son las propuestas:

  • El menor dispone de un smartphone bajo su propia potestad
  • El menor hace uso del smartphone bajo la supervisión de programas de control parental
  • El menor dispone de cuentas personales en las RRSS
  • Las cuentas personales del menor están sometidas a revisiones periódicas de sus progenitores
  • El menor y sus progenitores hablarán frecuentemente de lo que se encuentren por las redes

Con 17 años

Llegados a este punto y tras todo el proceso inmersivo y educativo, el menor ya debe ser capaz de gestionar el uso de su smartphone y sus cuentas en RRSS de manera responsable y segura.

Es por ello que estas son las propuestas:

  • El menor dispone de un smartphone bajo su propia potestad
  • El menor dispone de cuentas personales en las RRSS
  • El menor y sus progenitores hablarán frecuentemente de lo que se encuentren por las redes

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