Qué NO es bullying

No hay más que darse una vuelta por las redes sociales para descubrir lo gratuitamente que se emplea hoy en día el término «nazi». Se usa como insulto y como descripción para cualquier persona que muestre un mínimo de intolerancia (que, no es que pretenda defenderla, pero obviamente está a años luz de esconder una intención genocida).

Siempre que alguien utiliza el término como una especie de comodín para silenciar a un tercero, me pregunto: ¿Es consciente esta persona de que está contribuyendo a diluir el concepto original que estuvo detrás del Holocausto? ¿Se da cuenta de que pone el asesinato de 40 millones de personas a la altura de un punto de vista intolerante? ¿Se imagina en qué medida está faltando el respeto a las víctimas y a todos sus descendientes?

Y es que… cuando se trata de asuntos tan serios, la banalización de los términos (mal) empleándolos en referencia a versiones parciales, más leves o incluso solo relacionadas, lejos de visibilizar la lacra real, la atenúa.

Por ello, llamar bullying a lo que no es bullying es una pésima idea.

  • Un conflicto escolar no es acoso escolar.
  • Un acto puntual de dominación en clase no es acoso escolar.
  • Una pelea en el recreo con una víctima el doble de fuerte, experta en artes marciales y conocida por responder a los golpes en el centro no es acoso escolar.

Y nadie está diciendo que no constituyan problemas, o que sean poco importantes. Pero, en un intento de hacer valer su relevancia, no podemos tirar de la etiqueta del bullying: Sería contraproducente a la hora de buscar soluciones, acabaríamos restando trascendencia a los casos reales y faltando el respeto a los damnificados (recordemos que es una plaga con una larga lista de víctimas mortales en su haber).

La verdad es que, el mal uso del término “acoso escolar” para referirse a cualquier problema de convivencia surgido en el centro educativo, está creando una nueva problemática: Las familias «ven bullying» por todos lados. Los niños piden atención a su bullying por meras discusiones. Y la sociedad se siente frustrada al percibir que nada de esto se atiende debidamente, cuando los protocolos se cierran con diagnósticos negativos (o, directamente, no se abren).

Por eso, es importante saber qué no es bullying: Para que sigamos tratando con la importancia debida a aquello que sí lo sea.

¿Qué es el bullying?

Para que un problema de convivencia sea considerado bullying, debe cumplir con (todos) los siguientes requisitos:

  • Comportamiento predatorio: El objetivo de cada uno de los ataques del presunto agresor no responde a conflictos de intereses genuinos o al disentimiento de opiniones reales con la supuesta víctima. La intención de cada acto de acoso pretende dominar, dañar y/o explotar a la víctima. Dicho de otro modo, un conflicto o una discusión no es per se un acto de acoso.
  • Intencionalidad: Los actos de acoso no se producen fortuitamente, sino por la voluntad y la planificación del agresor. Este es, quizás, el requisito más difícil de demostrar de entre todos los prescriptivos, puesto que la voluntad de alguien es algo muy complicado de probar, y la planificación se puede realizar sobre la marcha, aprovechando cualquier oportunidad de hacer daño que se presente. Es por ello que, en la mayoría de los PACAEs (Protocolos de Actuación Contra el Acoso Escolar) no se exige que se demuestre este criterio para que se reconozca un escenario como caso de acoso escolar. No obstante, demostrar lo contrario sí que es útil como elemento contraindicador del bullying. Por ello, cuando el resultado de un incidente estuviera totalmente fuera de lo planificable o sucediera al margen del dolo del presunto agresor, este no constituirá un acto de acoso.
  • Personalización: Los actos de acoso escolar no pueden responder a agresiones en las que la víctima podría ser cualquiera que «cayese en la trampa» o «pasase por allí». Los ataques deben tener un objetivo predefinido y procuran no ejercerse sobre quienes no han sido designados como víctimas potenciales por parte del presunto agresor.
  • Desequilibrio de poder: Las situaciones de ataque o de intimidación deben estar conformadas por actos en los que el presunto agresor tenga y ejerza un poder superior al de la supuesta víctima. Cuidado, porque el poder debe ser puesto en práctica en los propios actos. No cumple con este requisito un agresor que duplica la masa muscular de su víctima mientras sus estrategias de agresión y/o su intimidación efectiva no sean físicas. De hecho, es posible ver a bullies de 40 kilos dominando a víctimas de 80, ejerciendo violencia epistémica (amparada esta en su superioridad de apoyo social). Así que, no lo olvidemos: El poder desequilibrado a favor del supuesto agresor debe ser lo que emplee para agredir (consiga hacer daño o no) y/o para intimidar (con éxito) a su víctima.
  • Asimetría en el reparto de responsabilidades: El motivo que sirve de pretexto para dar inicio a los supuestos ataques debe estar repartido de una manera muy desigual y a favor del presunto agresor. De manera que será un error interpretar como un ataque bullying un acto de reacción a una agresión (por muy incorrecto e intolerable que sea) o un conflicto en el que la responsabilidad de lo ocurrido esté compartida entre la supuesta víctima y el presunto agresor de una forma más balanceada.
  • Cronicidad: Un acto que, incluso cumpliera todos los criterios anteriores, pero que se cometiese una sola vez, no constituiría bullying. Sigue siendo algo delicado y que debe ser tratado con urgencia, pero no acoso. La cronicidad está compuesta por el número de repeticiones, la frecuencia y los futuros episodios potenciales. Dicho de otro modo: Si el número de veces que ha ocurrido es bajo (medido en términos relativos al tiempo de convivencia), si el lapso que se ha sucedido entre medias es alto y si la posibilidad de repetición en lo sucesivo (incluso sin la intervención de las autoridades) es prácticamente nula, no es bullying.

Así que, aquí va la lista de condiciones que descartan posibles casos de bullying SOLO CON DARSE UNA DE ELLAS:

  1. El evento identificado como ataque lo causa un conflicto de intereses legítimo y no forzado entre la supuesta víctima y el presunto agresor.
  2. El evento identificado como ataque lo causa una discusión de posturas realmente enfrentadas y no forzadas entre la supuesta víctima y el presunto agresor.
  3. El objetivo perseguido por el presunto agresor no pretende dominar, dañar y/o explotar a la supuesta víctima.
  4. El evento identificado como ataque se ha producido sin intervención alguna por parte del presunto agresor (ni siquiera a nivel intelectual).
  5. El evento identificado como ataque era imposible de ser planificado, incluso sobre la marcha (aprovechando la oportunidad de hacer daño), por parte del presunto agresor.
  6. El evento identificado como ataque no estaba predestinado a la supuesta víctima.
  7. El evento identificado como ataque estaba dispuesto de tal manera que cualquiera que no fuese una supuesta víctima habitual del presunto agresor podría haber resultado afectado.
  8. El evento identificado como ataque (en la práctica) y la intimidación (exitosa y efectiva) que provoca el presunto agresor no es el resultado de ejercer y explotar una superioridad real y existente sobre su supuesta víctima.
  9. El evento identificado como ataque ha sido la reacción del presunto agresor en respuesta a una agresión real de la supuesta víctima.
  10. El evento identificado como ataque ha sido responsabilidad en mayor medida de la supuesta víctima que del presunto agresor.
  11. El evento identificado como ataque ha sido responsabilidad del presunto agresor y de la supuesta víctima de manera más o menos equilibrada.
  12. El evento identificado como ataque ha sucedido solo una vez por parte del presunto agresor hacia la supuesta víctima en el momento del análisis (sin que se haya coordinado con otros supuestos agresores para turnarse).
  13. El número total de eventos identificados como ataques, realizados por parte del presunto agresor hacia la supuesta víctima hasta el momento del análisis, ha sido bajo (sin que se haya coordinado con otros supuestos agresores para turnarse) en relación al tiempo de convivencia.
  14. El tiempo promedio sucedido entre los eventos identificados como ataques, realizados por parte del presunto agresor hacia la supuesta víctima, es alto (sin que se haya coordinado con otros supuestos agresores para turnarse).
  15. La posibilidad de que se repita el evento identificado como ataque, realizado por parte del presunto agresor hacia la supuesta víctima, en el futuro es muy baja, incluso sin mediar intervención de las autoridades.

Dejemos de utilizar la palabra bullying para referirnos a cualquier conflicto escolar, a cualquier falta en la convivencia y a cualquier desencuentro en redes: Es un insulto a las víctimas y trivializa la tragedia que está detrás del 78% del suicidio infantil, la mayor causa no natural de mortalidad infantil en nuestro país.

Bibliografía:

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